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Cómo darse de alta como autónomo en España

Guía paso a paso para darte de alta como trabajador autónomo en 2026. Desde el registro en Hacienda hasta la primera declaración trimestral.

Guia completa para darse de alta como autonomo en Espana (2026)

Esta guia recoge, paso a paso, todo lo que necesitas saber para registrarte como trabajador autonomo en Espana en 2026. Desde las decisiones previas hasta las obligaciones fiscales recurrentes, aqui encontraras la informacion actualizada para arrancar tu actividad por cuenta propia con seguridad.


Antes de empezar: que necesitas decidir

Antes de rellenar ningun formulario, conviene tener claras tres decisiones fundamentales que condicionaran tu alta y tus obligaciones posteriores:

  1. Epigrafe del IAE (Impuesto de Actividades Economicas). El IAE clasifica todas las actividades economicas en epigrafes numericos. Debes elegir el que mejor describa tu actividad profesional o empresarial. Este codigo determina aspectos importantes como el tipo de retencion que aplicas en tus facturas y si tu actividad esta sujeta a IVA o exenta. Puedes consultar la lista completa de epigrafes en la web de la Agencia Tributaria.

  2. Metodo de estimacion del IRPF. Existen dos regimenes principales:

    • Estimacion directa simplificada: es el regimen mas habitual. Tributas por la diferencia real entre ingresos y gastos deducibles. Es obligatorio si tu cifra de negocios supera los 600.000 euros anuales, pero la mayoria de autonomos pueden acogerse a la modalidad simplificada si no superan ese umbral.
    • Estimacion objetiva (modulos): solo disponible para determinadas actividades (hosteleria, transporte, comercio minorista, etc.) y con limites de facturacion. Pagas una cantidad fija estimada independientemente de tus ingresos reales. Puede ser ventajoso si tus ingresos son altos respecto a los modulos asignados, pero limita la deduccion de gastos reales.
  3. Regimen de IVA. La mayoria de autonomos tributan en el regimen general de IVA (tipo general del 21 %). Sin embargo, algunas actividades estan exentas de IVA (sanitarias, educativas, seguros, entre otras). Si estas en modulos, puedes acogerte al regimen simplificado de IVA. Tambien existe el regimen de recargo de equivalencia para comerciantes minoristas.


Paso 1: Alta en Hacienda (Modelo 036/037)

El primer tramite obligatorio es comunicar a la Agencia Tributaria (AEAT) el inicio de tu actividad economica. Este paso debe realizarse antes de comenzar a facturar.

Modelo 036 vs Modelo 037

  • Modelo 036 (declaracion censal completa): para cualquier tipo de contribuyente. Es obligatorio si realizas operaciones intracomunitarias, estas en regimen especial de IVA o tienes mas de un epigrafe del IAE.
  • Modelo 037 (declaracion censal simplificada): version reducida para personas fisicas residentes en Espana que no realicen operaciones intracomunitarias ni esten en regimenes especiales. Es suficiente para la gran mayoria de nuevos autonomos.

Que debes indicar en el formulario

  • Datos personales y NIF.
  • Epigrafe del IAE correspondiente a tu actividad.
  • Regimen de estimacion del IRPF (directa simplificada o modulos).
  • Regimen de IVA aplicable.
  • Fecha de inicio de la actividad.
  • Domicilio fiscal y local afecto a la actividad (si lo hay).

Como presentarlo

  • Online: a traves de la Sede Electronica de la AEAT (sede.agenciatributaria.gob.es) con certificado digital, DNI electronico o Cl@ve PIN.
  • Presencialmente: con cita previa en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.

Paso 2: Alta en la Seguridad Social (RETA)

Una vez dado de alta en Hacienda, debes inscribirte en el Regimen Especial de Trabajadores Autonomos (RETA). Este tramite puede realizarse hasta 60 dias antes del inicio de la actividad o, como maximo, el mismo dia en que comiences a trabajar.

Como hacerlo

  • Online: a traves del portal Import@ss (importass.seg-social.es), que permite completar el alta de forma telematica con certificado digital o Cl@ve.
  • Presencialmente: presentando el modelo TA.0521 en una oficina de la Tesoreria General de la Seguridad Social, junto con copia del alta en Hacienda y tu DNI.

Base de cotizacion

Desde la implantacion del sistema de cotizacion por ingresos reales, debes declarar una prevision de tus rendimientos netos anuales. La Seguridad Social asigna una base de cotizacion dentro de la horquilla correspondiente a tu tramo de ingresos.

  • Base minima en 2026: 950,98 euros/mes.
  • Tipo de cotizacion: 31,5 % sobre la base elegida.

Tarifa plana para nuevos autonomos

Si es la primera vez que te das de alta como autonomo (o han transcurrido al menos dos anos desde tu ultima baja, tres si disfrutaste anteriormente de la bonificacion), puedes solicitar la tarifa plana de 80 euros al mes durante los primeros 12 meses. Esta bonificacion debe solicitarse en el momento del alta; no se puede pedir con posterioridad.


Paso 3: Alta en el Ayuntamiento (si aplica)

Este paso solo es necesario si vas a ejercer tu actividad en un local fisico abierto al publico.

  • Licencia de apertura o actividad: obligatoria para locales comerciales, hosteleria, talleres y similares. Se tramita en el ayuntamiento del municipio donde se ubique el local.
  • Declaracion responsable: muchos ayuntamientos han sustituido la licencia tradicional por este tramite mas agil, que permite iniciar la actividad de forma inmediata tras su presentacion.
  • Trabajadores digitales o remotos: si trabajas desde casa sin atencion al publico, generalmente no necesitas ninguna licencia municipal.

Cuota de autonomos 2026

El sistema de cotizacion por ingresos reales establece tramos de rendimiento neto mensual, cada uno con una base minima y maxima de cotizacion.

Concepto Dato 2026
Base minima de cotizacion 950,98 euros/mes
Tipo de cotizacion 31,5 %
Cuota minima resultante ~299,56 euros/mes
Tarifa plana (nuevos autonomos) 80 euros/mes (12 meses)
  • Puedes modificar tu base de cotizacion hasta 6 veces al ano para ajustarla a la evolucion real de tus ingresos.
  • Al finalizar el ejercicio, la Seguridad Social regulariza: si has cotizado de mas, te devuelve la diferencia; si has cotizado de menos, deberas abonar el importe pendiente.

Obligaciones fiscales tras el alta

Obligaciones trimestrales

Deben presentarse antes del dia 20 de abril, julio y octubre, y antes del 30 de enero del ano siguiente (cuarto trimestre).

  • Modelo 303 (IVA): liquidacion trimestral del IVA repercutido menos el IVA soportado. Obligatorio salvo que tu actividad este exenta.
  • Modelo 130 (pago fraccionado del IRPF): pago a cuenta del 20 % sobre el rendimiento neto acumulado. Aplica a autonomos en estimacion directa. No es obligatorio si al menos el 70 % de tus ingresos llevan retencion.
  • Modelo 111 (retenciones): solo si tienes empleados o pagas a otros profesionales con retencion.

Obligaciones anuales

  • Modelo 100 (Declaracion de la Renta): declaracion anual del IRPF, donde se integran todos tus rendimientos. Los autonomos estan obligados a presentarla siempre.
  • Modelo 390 (resumen anual de IVA): resumen informativo de todas las operaciones de IVA del ejercicio.
  • Modelo 190 (resumen anual de retenciones): solo si has presentado el modelo 111 durante el ano.

Libros registro obligatorios

Si estas en estimacion directa, debes llevar al dia los siguientes registros:

  • Libro de facturas emitidas: registro cronologico de todas tus ventas y prestaciones de servicios.
  • Libro de facturas recibidas: registro de todas las compras y gastos con factura.
  • Libro de bienes de inversion: si adquieres activos cuyo valor supere los 3.005,06 euros y tengan una vida util superior a un ano.

Errores comunes al darse de alta

1. Darse de alta en el orden incorrecto

Siempre primero en Hacienda y despues en la Seguridad Social. Si te das de alta en el RETA antes de comunicar el inicio de actividad a la AEAT, puedes tener problemas administrativos y perder la tarifa plana.

2. No solicitar la tarifa plana a tiempo

La bonificacion de 80 euros al mes debe solicitarse en el momento del alta en el RETA. Si te olvidas y lo pides dias despues, la Seguridad Social puede denegarla. Asegurate de marcar la casilla correspondiente o indicarlo expresamente en tu solicitud.

3. Elegir mal el regimen de estimacion

Cambiar de modulos a estimacion directa (o viceversa) no es inmediato: normalmente solo puedes hacerlo en diciembre para el ejercicio siguiente. Analiza bien tu situacion antes de decidir. La estimacion directa simplificada es la opcion mas flexible y la mas adecuada para la mayoria de autonomos que comienzan.

4. No darse de alta en el epigrafe del IAE correcto

Un epigrafe incorrecto puede provocar que apliques un tipo de retencion equivocado en tus facturas o que no declares correctamente el IVA. Revisa bien la clasificacion de tu actividad y, en caso de duda, consulta a la propia Agencia Tributaria o a un asesor fiscal.

5. Olvidar las obligaciones trimestrales

Aunque no hayas facturado nada durante un trimestre, si estas dado de alta debes presentar las declaraciones trimestrales correspondientes (modelo 303 y modelo 130) con resultado cero. No presentarlas conlleva sanciones y recargos.


Preguntas frecuentes

¿Cuanto cuesta darse de alta como autonomo?

El alta en si misma es completamente gratuita, tanto en Hacienda como en la Seguridad Social. El unico coste recurrente es la cuota mensual de autonomos. Con la tarifa plana, el primer ano pagaras 80 euros al mes; despues, la cuota dependera de tus ingresos reales y la base de cotizacion asignada.

¿Puedo ser autonomo y trabajar por cuenta ajena a la vez?

Si, esta situacion se denomina pluriactividad. Cotizas simultaneamente en el regimen general (por tu empleo) y en el RETA (por tu actividad autonoma). Ademas, puedes acceder a bonificaciones en la cuota de autonomos de hasta el 50 % de la base minima durante los primeros meses, dependiendo de tu situacion concreta.

¿Necesito un gestor o puedo hacerlo solo?

Legalmente no es obligatorio contratar a un gestor o asesor fiscal. Todo el proceso puede hacerse de forma autonoma a traves de las plataformas telematicas de la AEAT y la Seguridad Social. Sin embargo, un asesor especializado te ayudara a evitar errores en la eleccion de epigrafe, regimen fiscal y presentacion de declaraciones. Si tu actividad es sencilla y te sientes comodo con los tramites, puedes gestionarlo tu mismo; si tienes dudas o tu situacion es compleja, la inversion en un buen gestor suele compensar con creces.


Nota: Esta guia tiene caracter informativo y esta actualizada a abril de 2026. La normativa fiscal y de Seguridad Social puede sufrir modificaciones. Consulta siempre las fuentes oficiales (AEAT, Seguridad Social) o a un profesional para confirmar los datos antes de realizar cualquier tramite.