Saltar al contenido principal
111
Modelo AEAT

Modelo 111

Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF

Presentar en AEAT

Obligados

Empresas y autónomos con empleados o que paguen a profesionales

Periodicidad

Trimestral o mensual

Plazo

Días 1-20 del mes siguiente al periodo

El Modelo 111 sirve para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que has practicado a trabajadores, profesionales y otros perceptores de rentas. Si pagas nóminas o facturas a autónomos, probablemente debas presentar este modelo.

Qué son las retenciones del IRPF

Cuando pagas a un empleado o a un profesional autónomo, debes retener una parte de ese pago e ingresarlo a Hacienda en su nombre. Es un pago a cuenta del IRPF de esa persona.

Ejemplo práctico

Contratas a un abogado autónomo por 1.000 EUR:

Concepto Importe
Honorarios brutos 1.000 EUR
Retención IRPF (15%) -150 EUR
IVA (21%) +210 EUR
Total factura 1.060 EUR

Tú pagas 1.060 EUR al abogado, pero los 150 EUR de retención debes ingresarlos a Hacienda mediante el Modelo 111.

Quién debe presentar el Modelo 111

Están obligados:

  • Empresas con trabajadores en nómina
  • Autónomos que tengan empleados
  • Quienes paguen a profesionales autónomos (abogados, arquitectos, consultores...)
  • Premios en concursos, rifas, etc.
  • Quienes abonen rendimientos de actividades económicas sujetos a retención

Quién NO debe presentarlo

  • Autónomos sin empleados que sólo facturan a empresas (son ellos quienes te retienen a ti)
  • Particulares que contratan servicios domésticos (hay un régimen especial)

Tipos de retención

Rendimientos del trabajo (nóminas)

El porcentaje depende del salario y situación personal:

Salario anual Retención aproximada
Hasta 12.450 EUR 0% - 9%
12.450 - 20.200 EUR 12% - 15%
20.200 - 35.200 EUR 15% - 18%
35.200 - 60.000 EUR 18% - 22%
Más de 60.000 EUR 22% - 45%

Rendimientos profesionales (autónomos)

Tipo de profesional Retención
Profesional general 15%
Profesional nuevo (primeros 3 años) 7%
Cursos, conferencias 15%
Administradores de sociedades 35% (19% en pymes)

Plazos de presentación en 2026

Presentación trimestral (pymes y autónomos)

Trimestre Periodo Plazo
1T Enero - Marzo 1-20 abril
2T Abril - Junio 1-20 julio
3T Julio - Septiembre 1-20 octubre
4T Octubre - Diciembre 1-20 enero siguiente

Presentación mensual (grandes empresas)

Empresas con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 EUR deben presentarlo mensualmente, del 1 al 20 del mes siguiente.

Cómo rellenar el Modelo 111

Apartado I - Rendimientos del trabajo

  • Casillas 01-03: Número de perceptores, base de retenciones y retenciones practicadas a empleados

Apartado II - Rendimientos de actividades económicas

  • Casillas 04-06: Retenciones a profesionales autónomos
  • Casillas 07-09: Retenciones a actividades agrícolas y ganaderas

Apartado III - Premios

  • Casillas 10-12: Premios de juegos, concursos, rifas

Apartado IV - Ganancias patrimoniales

  • Casillas 13-15: Aprovechamientos forestales

Apartado V - Contraprestaciones por cesión de derechos de imagen

  • Casillas 16-18: Derechos de imagen

Apartado VI - Total

  • Casilla 28: Suma total de retenciones
  • Casilla 29: A deducir (si procede)
  • Casilla 30: Resultado a ingresar

Ejemplo completo

Una empresa con 2 empleados y que paga a un gestor autónomo:

Concepto Perceptores Base Retención
Nóminas empleados 2 15.000 EUR 2.100 EUR
Gestor autónomo 1 800 EUR 120 EUR
Total 3 15.800 EUR 2.220 EUR

El Modelo 111 declararía 2.220 EUR a ingresar.

Errores comunes

  1. No retener a profesionales: Si pagas a un abogado sin retención, tú eres responsable
  2. Aplicar mal el tipo: Revisa si el autónomo puede aplicar el 7% (nuevos)
  3. Olvidar administradores: Los administradores de sociedades tienen retención especial
  4. No presentar con resultado cero: Si no has tenido retenciones, no presentes el modelo

Resumen anual: Modelo 190

A final de año debes presentar el Modelo 190, que es el resumen anual de todas las retenciones declaradas en los cuatro Modelos 111 trimestrales. El plazo es hasta el 31 de enero.