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115
Modelo AEAT

Modelo 115

Retenciones sobre alquileres de inmuebles

Presentar en AEAT

Obligados

Empresas y autónomos que paguen alquileres de inmuebles

Periodicidad

Trimestral o mensual

Plazo

Días 1-20 del mes siguiente al periodo

El Modelo 115 sirve para declarar las retenciones de IRPF o Impuesto de Sociedades practicadas en los pagos de alquileres de inmuebles urbanos (locales, oficinas, naves industriales, etc.).

Qué retenciones se declaran

Cuando una empresa o autónomo paga un alquiler a un arrendador (persona física o sociedad), debe retener el 19% del importe y después ingresarlo a Hacienda mediante el Modelo 115.

Ejemplo práctico

Alquilas un local por 1.000 EUR/mes:

Concepto Importe
Alquiler mensual 1.000 EUR
Retención 19% -190 EUR
IVA 21% +210 EUR
Total a pagar 1.020 EUR

Pagas 1.020 EUR al propietario, pero los 190 EUR de retención debes ingresarlos a Hacienda con el Modelo 115.

Quién debe presentar el Modelo 115

Están obligados:

  • Empresas que alquilen locales, oficinas, naves...
  • Autónomos que alquilen un local para su actividad
  • Administraciones públicas que paguen alquileres
  • Cualquier entidad que abone rentas de inmuebles sujetas a retención

Cuándo NO hay obligación de retener

No debes retener (ni presentar el 115) cuando:

  • El alquiler es de vivienda (tu casa)
  • El arrendador es una sociedad acogida a un régimen especial (SOCIMI)
  • Los alquileres no superan 900 EUR anuales al mismo arrendador
  • El arrendador acredita estar exento (entidades sin fines lucrativos)

Tipo de retención

El tipo de retención es del 19% sobre el importe del alquiler (sin incluir el IVA).

Concepto Tipo
Alquileres de inmuebles urbanos 19%
Arrendamiento de negocio 19%

Plazo de presentación 2026

Plazo general (régimen trimestral): los primeros 20 días naturales de abril, julio, octubre y enero, según el trimestre declarado.

Presentación trimestral

Trimestre Periodo Plazo 2026
1T Enero - Marzo 1-20 abril
2T Abril - Junio 1-20 julio
3T Julio - Septiembre 1-20 octubre
4T Octubre - Diciembre 1-20 enero 2027

Presentación mensual

Grandes empresas (facturación > 6.010.121,04 EUR) deben presentar mensualmente, del 1 al 20 del mes siguiente.

Nota: Si el último día del plazo cae en festivo o fin de semana, se traslada al siguiente día hábil. El Modelo 115 se complementa anualmente con el Modelo 180, que es su resumen anual.

Cómo rellenar el Modelo 115

El modelo es muy sencillo:

Datos del periodo

  • Ejercicio y periodo (trimestre o mes)
  • Datos identificativos del declarante

Liquidación

  • Casilla 01: Número de arrendadores (a cuántas personas/empresas pagas alquiler)
  • Casilla 02: Base de las retenciones (suma de todos los alquileres del periodo)
  • Casilla 03: Retenciones e ingresos a cuenta (el 19% de la casilla 02)
  • Casilla 04: A deducir (si hay retenciones en exceso de periodos anteriores)
  • Casilla 05: Resultado de la declaración (a ingresar)

Ejemplo práctico

Una empresa alquila 2 locales:

  • Local 1: 1.200 EUR/mes a un propietario
  • Local 2: 800 EUR/mes a otro propietario

Trimestre: 3 meses

Casilla Concepto Cálculo Importe
01 Arrendadores 2 propietarios 2
02 Base (1.200 + 800) × 3 6.000 EUR
03 Retenciones 6.000 × 19% 1.140 EUR
05 A ingresar 1.140 EUR

Obligaciones adicionales

Certificado al arrendador

Debes entregar al arrendador un certificado de retenciones antes del 31 de enero del año siguiente, indicando:

  • Importe bruto de los alquileres pagados
  • Retenciones practicadas
  • Periodo al que corresponden

Resumen anual: Modelo 180

En enero debes presentar el Modelo 180, que es el resumen anual de todas las retenciones de alquileres declaradas en los Modelos 115 del año. Plazo: hasta el 31 de enero.

Casos especiales

Alquiler con opción de compra

Las cantidades pagadas en concepto de opción de compra están sujetas a retención si el arrendador es persona física.

Subarrendamiento

Si subarriendas un inmueble, debes practicar retención sobre las rentas que pagues al arrendador principal.

Alquiler de negocio

Cuando alquilas un "negocio" (local más instalaciones, clientela, etc.), también aplica la retención del 19%.

Errores comunes

  1. No retener a sociedades: Las sociedades también están sujetas a retención del 19%
  2. Incluir IVA en la base: La retención se calcula sobre el alquiler sin IVA
  3. Olvidar el Modelo 180: El resumen anual es obligatorio aunque sólo tengas un arrendador

Preguntas frecuentes

¿Quién está obligado a presentar el Modelo 115?

El arrendatario (inquilino), no el propietario. Es decir: la empresa, autónomo o profesional que alquila un local, oficina o nave para ejercer su actividad debe retener el 19% del IRPF al pagar la renta y declararlo trimestralmente con el Modelo 115. El propietario recibe el alquiler ya con la retención descontada.

¿Hay que presentar el Modelo 115 si el local lo alquila un particular?

No. Los particulares que alquilan una vivienda no están obligados a retener. La obligación nace cuando el arrendatario es empresa, autónomo o profesional y el inmueble se destina a actividad económica. El arrendamiento de viviendas a particulares queda fuera del Modelo 115.

¿La retención del 19% se calcula sobre la base o sobre el total con IVA?

Sobre la base imponible, no sobre el total con IVA. Si pagas 1.000 € de alquiler con IVA al 21%, la factura suma 1.000 + 210 IVA − 190 retención = 1.020 € que entregas al propietario. Los 190 € de retención los ingresas a Hacienda con el Modelo 115.

¿Qué diferencia hay entre el Modelo 115 y el Modelo 180?

El 115 es trimestral: declara e ingresa las retenciones practicadas en cada trimestre. El Modelo 180 es anual e informativo: detalla, arrendador a arrendador, las retenciones declaradas en los cuatro 115 del ejercicio. El 180 es obligatorio aunque solo tengas un único arrendador.

Ver también

Comparativas con el Modelo 115