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303
Modelo AEAT

Modelo 303

Autoliquidacion del IVA

Presentar en AEAT

Obligados

Autonomos y empresas

Periodicidad

Trimestral

Plazo

Dias 1-20 del mes siguiente al trimestre (30 enero para 4T)

El Modelo 303 es la declaracion de autoliquidacion del Impuesto sobre el Valor Anadido (IVA). Es una de las obligaciones fiscales mas importantes para autonomos y empresas en España, ya que liquida trimestralmente este impuesto indirecto.

Que es el Modelo 303

El Modelo 303 sirve para declarar trimestralmente el IVA repercutido (el que cobras a tus clientes) y el IVA soportado (el que pagas en tus compras y gastos). La diferencia entre ambos determina si debes ingresar dinero a Hacienda o si tienes derecho a compensacion.

Formula basica

IVA a ingresar = IVA repercutido - IVA soportado deducible
  • Si el resultado es positivo: debes ingresar esa cantidad a Hacienda
  • Si el resultado es negativo: puedes compensarlo en trimestres siguientes o solicitar devolucion (solo en 4T)

Quien debe presentar el Modelo 303

Estan obligados a presentar el Modelo 303:

  • Autonomos que realicen actividades sujetas a IVA
  • Sociedades (SL, SA, etc.) con actividad economica
  • Comunidades de bienes y entidades sin personalidad juridica
  • Arrendadores de inmuebles (locales, oficinas, naves)
  • Profesionales (abogados, arquitectos, consultores, etc.)

Excepciones - Quien NO debe presentarlo

No estan obligados quienes:

  • Realicen exclusivamente operaciones exentas de IVA (sanitarios, ensenanza reglada, seguros)
  • Esten en regimen de recargo de equivalencia (comercio minorista)
  • Esten acogidos al regimen especial de agricultura, ganaderia y pesca
  • Realicen exclusivamente operaciones no sujetas a IVA

Regimen SII (Suministro Inmediato de Informacion)

Las empresas que facturen mas de 6.010.121,04 euros/ano estan obligadas al SII, presentando declaraciones mensuales en lugar de trimestrales. Otras empresas pueden acogerse voluntariamente.

Plazos de presentacion en 2026

Trimestre Periodo Plazo Fecha limite 2026
1T Enero - Marzo 1-20 abril 20 abril
2T Abril - Junio 1-20 julio 20 julio
3T Julio - Septiembre 1-20 octubre 20 octubre
4T Octubre - Diciembre 1-30 enero siguiente 30 enero 2027

El cuarto trimestre tiene un plazo ampliado (hasta el 30 de enero) porque coincide con la presentacion del resumen anual (Modelo 390).

Importante: Si el ultimo dia cae en sabado, domingo o festivo, el plazo se traslada al siguiente dia habil.

Tipos de IVA en España (2026)

Tipo Porcentaje Aplicacion
General 21% La mayoria de bienes y servicios
Reducido 10% Alimentos elaborados, transporte, hosteleria, espectaculos
Superreducido 4% Pan, leche, huevos, frutas, verduras, libros, medicamentos, VPO

Tipos especiales temporales

  • Aceite de oliva: 0% (temporal, revisar normativa vigente)
  • Productos de higiene femenina: 4%
  • Electricidad: tipo reducido para contratos de baja potencia

Ejemplo practico de calculo

Caso: Disenador grafico autonomo (1T 2026)

Ingresos del trimestre:

Concepto Base imponible IVA 21%
Diseno web cliente A 2.000 EUR 420 EUR
Branding cliente B 1.500 EUR 315 EUR
Mantenimiento web 800 EUR 168 EUR
Total repercutido 4.300 EUR 903 EUR

Gastos deducibles del trimestre:

Concepto Base imponible IVA soportado
Alquiler oficina 400 EUR 84 EUR
Software Adobe 50 EUR 10,50 EUR
Material oficina 80 EUR 16,80 EUR
Telefono e internet 60 EUR 12,60 EUR
Total deducible 590 EUR 123,90 EUR

Calculo:

IVA repercutido:     903,00 EUR
IVA soportado:      -123,90 EUR
--------------------------
A ingresar:          779,10 EUR

Como rellenar el Modelo 303

Seccion de identificacion

  • Casilla 1: NIF del declarante
  • Casilla 2: Nombre y apellidos o razon social
  • Casilla 3: Ejercicio (2026)
  • Casilla 4: Periodo (1T, 2T, 3T o 4T)

IVA devengado (lo que cobras)

Casillas Tipo IVA Contenido
01 y 02 4% Base imponible y cuota
04 y 05 10% Base imponible y cuota
07 y 08 21% Base imponible y cuota
09 - Adquisiciones intracomunitarias bienes
10 y 11 - Adquisiciones intracomunitarias servicios
21 - Total cuota devengada

IVA deducible (lo que pagas)

Casillas Concepto
28 y 29 Cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes
30 y 31 Cuotas soportadas en operaciones interiores bienes de inversion
32 y 33 Cuotas soportadas en importaciones corrientes
34 y 35 Cuotas soportadas en importaciones bienes de inversion
36 y 37 Cuotas soportadas en adquisiciones intracomunitarias bienes
38 y 39 Cuotas soportadas en adquisiciones intracomunitarias servicios
40 Rectificacion de deducciones
41 Compensaciones regimen especial A.G.P.
42 Regularizacion bienes de inversion
45 Total a deducir

Resultado

Casilla Concepto
46 Diferencia (casilla 21 - casilla 45)
64 Resultado antes de aplicar compensaciones
65 A compensar de periodos anteriores (si casilla 46 es negativa)
66 Cuotas a compensar en periodos posteriores
69 Resultado de la regularizacion anual (solo 4T)
71 Resultado final (a ingresar + o a compensar -)

Compensacion y devolucion del IVA

Cuando el resultado es negativo

Si tu IVA soportado supera al repercutido, tienes dos opciones:

  1. Compensar en trimestres siguientes: Arrastras el saldo negativo para restar del proximo trimestre. Se indica en la casilla 65.

  2. Solicitar devolucion: Solo disponible en el 4T (casilla 68). Hacienda tiene 6 meses para devolver.

Ejemplo de compensacion

Trimestre Resultado Compensacion anterior A ingresar/compensar
1T -500 EUR 0 -500 EUR (a compensar)
2T +800 EUR -500 EUR +300 EUR (a ingresar)
3T +400 EUR 0 +400 EUR (a ingresar)
4T -200 EUR 0 -200 EUR (devolucion o compensar)

Regimen general vs Regimen simplificado

Regimen general

  • Declaracion basada en facturas reales emitidas y recibidas
  • Requiere llevar libros de IVA (facturas emitidas, recibidas, bienes de inversion)
  • Es el regimen por defecto

Regimen simplificado

  • Disponible para determinadas actividades (principalmente comercio minorista y hosteleria)
  • Se calcula mediante indices o modulos, no facturas reales
  • Cuota fija por trimestre segun actividad y parametros
  • Incompatible con el regimen general en la misma actividad
  • Se renuncia presentando censal en diciembre del ano anterior

Prorrata del IVA

Si realizas operaciones con derecho a deduccion y operaciones exentas, debes aplicar la regla de prorrata:

Prorrata general

% Prorrata = (Operaciones con derecho a deduccion / Total operaciones) x 100

Solo puedes deducir el porcentaje de IVA soportado que corresponda a la prorrata.

Prorrata especial

Deduces el 100% del IVA de gastos destinados a operaciones con derecho, y 0% de los destinados a operaciones exentas.

Declaraciones complementarias y sustitutivas

Declaracion complementaria

  • Cuando descubres que ingresaste de menos o compensaste de mas
  • Marcas la casilla de "complementaria" e indicas el numero de la declaracion original
  • Solo declaras la diferencia adicional a ingresar

Declaracion sustitutiva

  • Cuando descubres que ingresaste de mas o cometiste errores que te perjudican
  • Sustituye completamente a la declaracion original
  • Puede generar derecho a devolucion si ya pagaste

Errores comunes a evitar

  1. No incluir todas las facturas: Revisa que has registrado todas las ventas y gastos del trimestre

  2. Deducir IVA no deducible:

    • Gastos personales mezclados con profesionales
    • Vehiculos de uso mixto (solo deducible 50% salvo prueba en contrario)
    • Comidas y representacion (limite de deducibilidad)
    • Regalos a clientes (limites)
  3. Errores en las fechas: El IVA se declara segun la fecha de emision de la factura, no la fecha de cobro o pago

  4. No guardar justificantes: Conserva todas las facturas durante 4 anos (plazo de prescripcion)

  5. Deducir facturas simplificadas de alto importe: Las facturas simplificadas (tickets) tienen limites para deduccion

  6. No aplicar retencion cuando corresponde: Algunos servicios profesionales llevan retencion de IRPF ademas de IVA

  7. Confundir base imponible con importe total: La base es sin IVA, el total incluye IVA

  8. No presentar aunque sea negativo o cero: Debes presentar aunque no tengas actividad (casilla "sin actividad")

Sanciones por incumplimiento

Presentacion fuera de plazo sin requerimiento

Situacion Sancion
Resultado a ingresar Recargo del 1% + 1% adicional por cada mes de retraso (hasta 12 meses)
Despues de 12 meses Recargo del 15% + intereses de demora
Resultado negativo o cero 200 EUR (reducible al 50% si se paga en voluntaria)

Presentacion tras requerimiento de Hacienda

Infraccion Sancion
Leve (hasta 3.000 EUR) 50% de la cuota
Grave (mas de 3.000 EUR) 50% - 100% de la cuota
Muy grave (con ocultacion) 100% - 150% de la cuota

Otras infracciones

  • No llevar libros de IVA: 150 EUR por libro
  • Llevanza incorrecta: 150 EUR por libro
  • No conservar facturas: 150 EUR por dato omitido (minimo 300 EUR, maximo 6.000 EUR)

Presentacion telematica

El Modelo 303 se presenta exclusivamente por via telematica a traves de:

  1. Sede Electronica de la AEAT
  2. Con certificado digital, DNI electronico o Cl@ve PIN

Pasos para presentar

  1. Accede a la Sede Electronica con tu certificado
  2. Busca "Modelo 303" en el buscador
  3. Selecciona "Presentar y gestionar declaraciones"
  4. Rellena el formulario o importa datos
  5. Valida y firma la presentacion
  6. Guarda el justificante (CSV)

Pago

Si el resultado es a ingresar, puedes:

  • Cargo en cuenta: Se domicilia el pago
  • NRC: Obtener codigo de pago y pagar en banco
  • Aplazamiento: Solicitar fraccionamiento (con intereses)

Modelo 303 y otros modelos relacionados

  • Modelo 390: Resumen anual del IVA (obligatorio, se presenta en enero)
  • Modelo 349: Declaracion recapitulativa de operaciones intracomunitarias
  • Modelo 369: Regimen de ventanilla unica OSS para ventas a particulares UE
  • Modelo 036/037: Declaracion censal para darte de alta o modificar datos

Preguntas frecuentes

Tengo que presentar el 303 si no he tenido actividad?

Si, debes presentarlo marcando la casilla de "sin actividad". No hacerlo puede conllevar sancion.

Puedo deducir el IVA de facturas de anos anteriores?

Si, tienes 4 anos para deducir el IVA soportado desde el devengo.

Que pasa si me equivoco en una casilla?

Presenta una declaracion complementaria o sustitutiva segun el caso. Cuanto antes lo corrijas, menor sera la sancion.

Puedo fraccionar el pago?

Si, puedes solicitar aplazamiento en la Sede Electronica. Hacienda suele concederlo con intereses de demora.