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100
Modelo AEAT

Modelo 100

Declaración de la Renta (IRPF)

Presentar en AEAT

Obligados

Autónomos y contribuyentes con rentas

Periodicidad

Anual

Plazo

Abril - Junio del año siguiente

El Modelo 100 es la declaración anual del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), conocida popularmente como "la Renta" o "la Declaración de la Renta". Para los autónomos, es obligatoria y sirve para regularizar todos los ingresos y gastos del ejercicio fiscal anterior.

Qué es el Modelo 100

El Modelo 100 es la declaración anual donde se liquida el IRPF. En ella declaras:

  • Rendimientos del trabajo: Nóminas, si las tienes
  • Rendimientos de actividades económicas: Ingresos como autónomo
  • Rendimientos del capital: Intereses, dividendos, alquileres
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: Venta de acciones, inmuebles, etc.

El resultado puede ser:

  • A ingresar: Debes pagar a Hacienda
  • A devolver: Hacienda te devuelve
  • Negativa: Sin cuota, pero debes presentarla igualmente

Quién debe presentar el Modelo 100

Están obligados

  • Todos los autónomos con actividad económica
  • Trabajadores con rendimientos del trabajo superiores a 22.000 EUR (un pagador) o 15.000 EUR (varios pagadores)
  • Contribuyentes con rendimientos del capital mobiliario superiores a 1.600 EUR
  • Contribuyentes con ganancias patrimoniales superiores a 1.000 EUR
  • Propietarios de inmuebles (excepto vivienda habitual)

Autónomos: siempre obligados

Como autónomo, siempre estás obligado a presentar la Renta, independientemente de tus ingresos. Aunque hayas tenido pérdidas, debes presentarla.

Plazos de presentación en 2026

Campaña Periodo declarado Plazo presentación
Renta 2025 1 ene - 31 dic 2025 Abril - Junio 2026

Fechas clave habituales:

  • Inicio campaña: Principios de abril (fecha exacta la fija Hacienda)
  • Fin plazo general: 30 de junio
  • Fin plazo con domiciliación: Unos días antes (para que el cargo llegue a tiempo)

Rendimientos de actividades económicas

Como autónomo, tu parte más importante del Modelo 100 son los rendimientos de actividades económicas.

Métodos de estimación

Método Descripción Quién lo usa
Estimación directa simplificada Ingresos - Gastos reales (con simplificaciones) La mayoría de autónomos
Estimación directa normal Ingresos - Gastos reales (sin simplificaciones) Autónomos con facturación > 600.000 EUR
Estimación objetiva (módulos) Cuota fija según parámetros Determinadas actividades

Estimación directa simplificada

Es el método más común. Calculas:

Rendimiento neto = Ingresos - Gastos deducibles - 5% gastos difícil justificación

El 5% de gastos de difícil justificación (máximo 2.000 EUR) es una ventaja que simplifica la contabilidad.

Gastos deducibles para autónomos

Tipo de gasto Deducible Condiciones
Cuota de autónomos 100% Siempre
Alquiler local/oficina 100% Si es exclusivo para la actividad
Suministros (si trabajas en casa) 30% De la parte proporcional al espacio
Material de oficina 100% Relacionado con la actividad
Teléfono e internet 100% o proporcional Según uso profesional
Vehículo 50% máximo Difícil justificar 100%
Formación 100% Relacionada con la actividad
Seguros profesionales 100% RC, salud (hasta limite)
Dietas y viajes Con límites 26,67 EUR/día nacional
Amortizaciones Según tablas Equipos, mobiliario

Gastos NO deducibles

  • Multas y sanciones
  • Donativos (van en otra casilla)
  • Gastos personales
  • IVA soportado (ya lo deduces en el 303)

Reducciones y deducciones para autónomos

Reducción por inicio de actividad

Si es tu primer o segundo año como autónomo, puedes aplicar una reducción del 20% sobre el rendimiento neto positivo (máximo 100.000 EUR).

Requisitos:

  • No haber ejercido otra actividad en el año anterior
  • Más del 50% de los ingresos de la nueva actividad

Reducción general para autónomos

Si cumples requisitos de "autónomo económicamente dependiente":

  • Reducción de 2.000 EUR adicionales

Deducción por maternidad

Para madres trabajadoras con hijos menores de 3 años:

  • 1.200 EUR anuales por hijo
  • Se puede solicitar anticipada (100 EUR/mes)

Planes de pensiones

Las aportaciones a planes de pensiones reducen la base imponible:

  • Límite general: 1.500 EUR/año
  • Límite planes de empleo: 8.500 EUR/año

Cómo presentar el Modelo 100

Renta Web

La AEAT proporciona el programa Renta Web que facilita la presentación:

  1. Accede a Renta Web
  2. Identifícate con certificado, Cl@ve o número de referencia
  3. Revisa los datos fiscales (ya vienen precargados)
  4. Importante para autónomos: Los datos de actividad económica NO vienen precargados, debes introducirlos tú
  5. Confirma el borrador o modifica
  6. Presenta y guarda el justificante

Datos que debes tener preparados

Como autónomo, ten a mano:

  • Libro de ingresos y gastos del año
  • Facturas emitidas y recibidas
  • Modelos 130/131 presentados (pagos fraccionados)
  • Modelos 303 presentados (IVA)
  • Certificados de retenciones (si te retuvieron clientes)
  • Recibos de la cuota de autónomos
  • Gastos deducibles con justificante

Pagos fraccionados y la Renta

Si presentaste el Modelo 130 (pagos fraccionados de IRPF), esos pagos se restan del resultado de la Renta:

Cuota Renta = Cuota íntegra - Retenciones - Pagos fraccionados (130)

Ejemplo:

  • Cuota íntegra IRPF: 8.000 EUR
  • Retenciones de clientes: 2.000 EUR
  • Pagos 130 del año: 4.000 EUR
  • A pagar en Renta: 8.000 - 2.000 - 4.000 = 2.000 EUR

Tramos IRPF 2026

El IRPF es progresivo. Estos son los tramos estatales (las CCAA pueden variar):

Base liquidable Tipo estatal Tipo total aproximado
Hasta 12.450 EUR 9,5% 19%
12.450 - 20.200 EUR 12% 24%
20.200 - 35.200 EUR 15% 30%
35.200 - 60.000 EUR 18,5% 37%
60.000 - 300.000 EUR 22,5% 45%
Más de 300.000 EUR 24,5% 47%

Ejemplo práctico: Autónomo diseñador

Datos del ejercicio 2025

Ingresos:

  • Facturación total: 45.000 EUR
  • Retenciones practicadas por clientes (15%): 6.750 EUR

Gastos deducibles:

  • Cuota autónomos: 3.600 EUR
  • Alquiler coworking: 2.400 EUR
  • Software y herramientas: 1.200 EUR
  • Teléfono e internet: 600 EUR
  • Material oficina: 300 EUR
  • Total gastos: 8.100 EUR

Pagos fraccionados Modelo 130:

  • 4 trimestres x 800 EUR = 3.200 EUR

Cálculo

Ingresos:                    45.000 EUR
- Gastos deducibles:         -8.100 EUR
- 5% difícil justificación:  -1.845 EUR
= Rendimiento neto:          35.055 EUR

Cuota IRPF (aprox 25%):       8.764 EUR
- Retenciones:               -6.750 EUR
- Pagos 130:                 -3.200 EUR
= Resultado Renta:           -1.186 EUR (a devolver)

Fraccionamiento del pago

Si el resultado es a ingresar, puedes fraccionarlo en 2 plazos:

  • 60% en el momento de presentar (junio)
  • 40% en noviembre

No genera intereses si domicilias el segundo plazo.

Declaración conjunta vs individual

Si tienes pareja, puedes elegir entre declaración individual o conjunta:

Opción Ventaja Cuándo conviene
Individual Cada uno tributa por su renta Ambos tienen ingresos similares
Conjunta Reducción de 3.400 EUR (matrimonio) Un cónyuge tiene pocos ingresos

Consejo: Haz simulaciones con ambas opciones en Renta Web.

Errores comunes de autónomos

  1. No incluir todos los ingresos: Hacienda cruza datos, mejor declarar todo
  2. Olvidar gastos deducibles: Revisa bien, pierdes dinero
  3. No guardar justificantes: Consérvalos 4 años mínimo
  4. Confundir IVA con IRPF: El IVA no es ingreso ni gasto en Renta
  5. No restar los pagos del 130: Acaban pagando dos veces
  6. Presentar fuera de plazo: Recargos y sanciones

Sanciones por incumplimiento

Situación Consecuencia
Presentar tarde (sin requerimiento) Recargo 5-20% según retraso
Presentar tras requerimiento Sanción 50-150% de la cuota
No presentar Sanción grave + intereses
Datos incorrectos Sanción según perjuicio

Preguntas frecuentes

¿Tengo que presentar la Renta si he tenido pérdidas?

Si eres autónomo, sí. Además, declarar pérdidas te permite compensarlas con beneficios de años futuros.

¿Puedo deducir el IVA en la Renta?

No, el IVA se deduce en el Modelo 303. En la Renta sólo declaras los importes sin IVA.

¿Qué pasa si no presenté los Modelos 130?

Deberás pagar toda la cuota de golpe en la Renta. Además, podrás ser sancionado por no presentar los 130.

¿Puedo modificar la Renta después de presentarla?

Sí, presentando una declaración complementaria (si pagas más) o rectificativa (si pagaste de más).

¿Cuándo me devuelven si sale a devolver?

Hacienda tiene 6 meses desde fin de campaña. Si tarda más, te pagan intereses de demora.