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200
Modelo AEAT

Modelo 200

Impuesto sobre Sociedades

Presentar en AEAT

Obligados

Sociedades mercantiles (SL, SA, etc.)

Periodicidad

Anual

Plazo

25 dias naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio

El Modelo 200 es la declaracion anual del Impuesto sobre Sociedades (IS). Es el equivalente a la declaracion de la renta (IRPF) pero para empresas. Todas las sociedades mercantiles deben presentarlo independientemente de si han tenido beneficios o perdidas.

Que es el Impuesto sobre Sociedades

El Impuesto sobre Sociedades grava los beneficios obtenidos por las sociedades y otras entidades juridicas. Se calcula sobre el resultado contable, con ciertos ajustes fiscales.

Formula basica

Base imponible = Resultado contable + Ajustes fiscales
Cuota integra = Base imponible x Tipo impositivo
Cuota liquida = Cuota integra - Deducciones - Bonificaciones
A ingresar = Cuota liquida - Retenciones - Pagos a cuenta

Quien debe presentar el Modelo 200

Estan obligadas todas las entidades con personalidad juridica:

  • Sociedades mercantiles: SL, SA, SLL, SAL...
  • Sociedades civiles con objeto mercantil
  • Cooperativas
  • Fondos de inversion y pension
  • Uniones temporales de empresas (UTEs)
  • Agrupaciones de interes economico (AIEs)

Excepciones

No presentan el Modelo 200:

  • Autonomos (presentan IRPF)
  • Comunidades de bienes (atribucion de rentas)
  • Herencias yacentes
  • Entidades totalmente exentas (del Estado, CCAA, etc.)

Tipos impositivos 2026

Tipo de entidad Tipo
Tipo general 25%
Pymes (cifra negocios < 1 millon EUR) 23%
Entidades de nueva creacion (2 primeros anos) 15%
Cooperativas fiscalmente protegidas 20%
Entidades sin fines lucrativos 10%
SOCIMI 0%

Plazo de presentacion

El Modelo 200 se presenta en los 25 dias naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio.

Para empresas con ejercicio coincidente con el ano natural (enero-diciembre):

  • Cierre del ejercicio: 31 de diciembre 2025
  • 6 meses despues: 30 de junio 2026
  • Plazo: 1 - 25 de julio de 2026

Nota: Si el dia 25 cae en fin de semana, se traslada al siguiente dia habil. En 2026, el 25 de julio es sabado, por lo que el plazo es hasta el 27 de julio de 2026.

Como se calcula

Paso 1: Resultado contable

Parte del resultado del ejercicio segun contabilidad (PyG):

Ingresos - Gastos = Resultado contable

Paso 2: Ajustes extracontables

Ciertos gastos no son deducibles fiscalmente:

Ajustes positivos (aumentan la base):

  • Multas y sanciones
  • Donativos (salvo los incentivados)
  • Gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento juridico
  • Perdidas por deterioro de participaciones
  • Gastos financieros excesivos

Ajustes negativos (disminuyen la base):

  • Libertad de amortizacion
  • Reserva de capitalizacion
  • Exencion de dividendos

Paso 3: Compensacion de bases negativas

Si hay perdidas de ejercicios anteriores, pueden compensarse con un limite del 70% de la base imponible previa.

Paso 4: Aplicar tipo impositivo

Sobre la base imponible, se aplica el tipo correspondiente.

Paso 5: Deducciones y bonificaciones

  • Deduccion por I+D+i
  • Deduccion por creacion de empleo
  • Bonificaciones por actividades en Canarias, Ceuta y Melilla
  • Deduccion por donativos

Paso 6: Retenciones y pagos a cuenta

Se restan:

  • Retenciones soportadas (en intereses, alquileres...)
  • Pagos fraccionados (Modelo 202)

Secciones principales del Modelo 200

Pagina 1: Identificacion

  • NIF, razon social
  • Domicilio fiscal
  • CNAE de la actividad

Pagina 2: Representante y complementaria

  • Datos del representante legal
  • Tipo de declaracion

Pagina 3-4: Cuenta de perdidas y ganancias

  • Ingresos y gastos del ejercicio
  • Resultado antes y despues de impuestos

Pagina 5-7: Balance

  • Activo (bienes y derechos)
  • Pasivo (deudas)
  • Patrimonio neto

Pagina 8-13: Liquidacion

  • Base imponible
  • Ajustes extracontables
  • Deducciones
  • Cuota a ingresar o devolver

Pagos fraccionados: Modelo 202

Durante el ano, las sociedades deben realizar pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades mediante el Modelo 202:

  • Abril (1T)
  • Octubre (3T)
  • Diciembre

Estos pagos se restan en el Modelo 200.

Documentacion necesaria

Para cumplimentar el Modelo 200 necesitas:

  1. Cuentas anuales: Balance, PyG, Memoria
  2. Libro mayor y extractos bancarios
  3. Facturas de ingresos y gastos
  4. Modelo 202: Pagos fraccionados realizados
  5. Certificados de retenciones recibidos

Errores comunes

  1. No ajustar gastos no deducibles: Multas, sanciones, donativos...
  2. Olvidar los pagos fraccionados: El 202 se resta de la cuota
  3. No compensar bases negativas: Perdidas de anos anteriores
  4. Presentar fuera de plazo: Conlleva recargos e intereses