El Modelo 200 es la declaracion anual del Impuesto sobre Sociedades (IS). Es el equivalente a la declaracion de la renta (IRPF) pero para empresas. Todas las sociedades mercantiles deben presentarlo independientemente de si han tenido beneficios o perdidas.
Que es el Impuesto sobre Sociedades
El Impuesto sobre Sociedades grava los beneficios obtenidos por las sociedades y otras entidades juridicas. Se calcula sobre el resultado contable, con ciertos ajustes fiscales.
Formula basica
Base imponible = Resultado contable + Ajustes fiscales
Cuota integra = Base imponible x Tipo impositivo
Cuota liquida = Cuota integra - Deducciones - Bonificaciones
A ingresar = Cuota liquida - Retenciones - Pagos a cuenta
Quien debe presentar el Modelo 200
Estan obligadas todas las entidades con personalidad juridica:
- Sociedades mercantiles: SL, SA, SLL, SAL...
- Sociedades civiles con objeto mercantil
- Cooperativas
- Fondos de inversion y pension
- Uniones temporales de empresas (UTEs)
- Agrupaciones de interes economico (AIEs)
Excepciones
No presentan el Modelo 200:
- Autonomos (presentan IRPF)
- Comunidades de bienes (atribucion de rentas)
- Herencias yacentes
- Entidades totalmente exentas (del Estado, CCAA, etc.)
Tipos impositivos 2026
| Tipo de entidad | Tipo |
|---|---|
| Tipo general | 25% |
| Pymes (cifra negocios < 1 millon EUR) | 23% |
| Entidades de nueva creacion (2 primeros anos) | 15% |
| Cooperativas fiscalmente protegidas | 20% |
| Entidades sin fines lucrativos | 10% |
| SOCIMI | 0% |
Plazo de presentacion
El Modelo 200 se presenta en los 25 dias naturales siguientes a los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio.
Para empresas con ejercicio coincidente con el ano natural (enero-diciembre):
- Cierre del ejercicio: 31 de diciembre 2025
- 6 meses despues: 30 de junio 2026
- Plazo: 1 - 25 de julio de 2026
Nota: Si el dia 25 cae en fin de semana, se traslada al siguiente dia habil. En 2026, el 25 de julio es sabado, por lo que el plazo es hasta el 27 de julio de 2026.
Como se calcula
Paso 1: Resultado contable
Parte del resultado del ejercicio segun contabilidad (PyG):
Ingresos - Gastos = Resultado contable
Paso 2: Ajustes extracontables
Ciertos gastos no son deducibles fiscalmente:
Ajustes positivos (aumentan la base):
- Multas y sanciones
- Donativos (salvo los incentivados)
- Gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento juridico
- Perdidas por deterioro de participaciones
- Gastos financieros excesivos
Ajustes negativos (disminuyen la base):
- Libertad de amortizacion
- Reserva de capitalizacion
- Exencion de dividendos
Paso 3: Compensacion de bases negativas
Si hay perdidas de ejercicios anteriores, pueden compensarse con un limite del 70% de la base imponible previa.
Paso 4: Aplicar tipo impositivo
Sobre la base imponible, se aplica el tipo correspondiente.
Paso 5: Deducciones y bonificaciones
- Deduccion por I+D+i
- Deduccion por creacion de empleo
- Bonificaciones por actividades en Canarias, Ceuta y Melilla
- Deduccion por donativos
Paso 6: Retenciones y pagos a cuenta
Se restan:
- Retenciones soportadas (en intereses, alquileres...)
- Pagos fraccionados (Modelo 202)
Secciones principales del Modelo 200
Pagina 1: Identificacion
- NIF, razon social
- Domicilio fiscal
- CNAE de la actividad
Pagina 2: Representante y complementaria
- Datos del representante legal
- Tipo de declaracion
Pagina 3-4: Cuenta de perdidas y ganancias
- Ingresos y gastos del ejercicio
- Resultado antes y despues de impuestos
Pagina 5-7: Balance
- Activo (bienes y derechos)
- Pasivo (deudas)
- Patrimonio neto
Pagina 8-13: Liquidacion
- Base imponible
- Ajustes extracontables
- Deducciones
- Cuota a ingresar o devolver
Pagos fraccionados: Modelo 202
Durante el ano, las sociedades deben realizar pagos a cuenta del Impuesto de Sociedades mediante el Modelo 202:
- Abril (1T)
- Octubre (3T)
- Diciembre
Estos pagos se restan en el Modelo 200.
Documentacion necesaria
Para cumplimentar el Modelo 200 necesitas:
- Cuentas anuales: Balance, PyG, Memoria
- Libro mayor y extractos bancarios
- Facturas de ingresos y gastos
- Modelo 202: Pagos fraccionados realizados
- Certificados de retenciones recibidos
Errores comunes
- No ajustar gastos no deducibles: Multas, sanciones, donativos...
- Olvidar los pagos fraccionados: El 202 se resta de la cuota
- No compensar bases negativas: Perdidas de anos anteriores
- Presentar fuera de plazo: Conlleva recargos e intereses